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Fitosanitarios permitidos ... Una de Cal y otra de Arena
Cuando entendemos que las Administraciones ‘se empeñan’ en regular lo que podemos aplicar o no en los campos, normalmente (me gustaría pensar que siempre) es porque se ha probado que es lo que mejor combate la plaga de turno … y ahora viene el matiz … y además actúa sin dañar otros aspectos tales como los residuos que dejan en nuestras tierras, en nuestras aguas, etc. atenúa los plazos de seguridad para consumir los productos afectados, y muchos aspectos que tiene que ver con la salud y el estado en el que queda el Medio Ambiente … que es de donde comemos muchos de los que estamos en este mundillo.
Entonces … ¿No es lo más fácil consumir productos autorizados (en nuestro caso por el Ministerio)? Claramente SI. Por diferentes razones.
La primera … es lo correcto … es lo que está permitido (estaría bien que todo@s nos quedásemos en este razonamiento sin tener que buscar más argumentos).
La segunda … porque podemos estar dañando nuestros cultivos y nuestros campos y su entorno.
La tercera … se nos puede caer el pelo con algún que otro multazo.
Otra más … Puede ser que estos productos que aparecen en el mercado, pasados años de que hayan sido retirados, no estén en el estado en el que estuvieron antes … es más, puede ser que sean sucedáneos de estos que han entrado de aquella manera en un mercado que no debería admitirlos.
… Nuestra invitación es tan simple como la de que todo el mundo respete la ley y nos irá a tod@s mejor en muchos aspectos.
Dicho esto, no vamos a tener toda la culpa los agricultores de que estas cosas pasen (en todos los ámbitos de nuestra vida nos encontramos con golfos … tabaco ‘de extraperlo’, Cocacolas de Marruecos, Tomates morunos, …).
La doble reflexión que nos hacemos, por repartir algo de leñita a quien corresponda es la siguiente:
1.- ¿Se tienen en cuenta de verdad las necesidades de tratamientos de las plagas que tenemos en España, que se ordenan desde Bruselas o hay alguna mano negra que condiciona qué productos hay que consumir y cuales no en determinados cultivos? .. Aquí curiosamente, siempre son las mismas marcas las que sacan el productito permitido y, curiosamente, a precio de oro … A lo largo de estos artículos haremos mención a algunos casos.
2.- Dando por buenos que los productos que se pueden emplear para las plagas son los que debemos utilizar … ¿por qué un producto que combate una plaga de Cebada y Trigo no sirve para el triticale, o combinaciones parecidas como la uva de vino y la de mesa?
No digo que en ocasiones no tenga sentido (aunque no conozco ninguna razón en algunos casos que hemos estudiado), lo que digo es que si no se paga un dineral a la Administración correspondiente, la pequeña marca no tiene autorizado un producto que es idéntico (en algunos casos 100%) a otro de una gran multinacional, en cultivos que si tiene autorizados el producto de la multi. Dicho de otra forma, el Producto A sirve para combatir una plaga en tres cultivos y el B sólo para un cultivo, siendo fabricado y envasado en el mismo sitio, pero comercializado por diferentes marcas … esto es doloroso para el agricultor, ya que al no haber competencia … ¿qué pasa?
El mensaje a los responsables de estos circuitos de autorización de productos es clariiiitooo … ¿No sería fácil aprovechar los estudios troncales sobre la materia activa y sus efectos sobre todos los cultivos y no volver a obligar a las casas a realizarlos de nuevo (si los particulares)? … Al final, ¿sabéis quien paga los estudios? El Agricultor. Por dos razones, porque se le mete en el precio al producto y, no nos olvidemos, porque cuando no llega a realizarse, el que tiene el monopolio pone el precio que le sale ‘del papo’.
Ea … pues, aunque no sabemos si esto servirá para algo, lo que es despachar, si que nos hemos ‘despachao’ :-)
… hasta la siguiente publicación.
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